ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ELECCIONES

 

Finalizado el período estatutario de presentación de candidaturas para Presidente de la Asociación de Belenistas de Jerez; (desde el 19 de febrero al 19 de marzo de 2013) se informa de la imposibilidad de envío de papeletas de candidatura para la votación puesto que no se ha presentado ninguna.


Por tanto, entrarían en funcionamiento los artículos 24º y 25º de nuestros Estatutos (disponibles más abajo), y queda convocada por la Junta Directiva la Asamblea Extraordinaria de Elecciones para el día 19 de Abril de 2013, a las 20:30h en primera y única convocatoria, con el siguiente Orden del Día:

 

 

ELECCIÓN DE PRESIDENTE / JUNTA GESTORA

 

ARTÍCULO 24º. CONTINUIDAD DEL MANDATO PRESIDENCIAL:

Como norma general, un Socio Activo no podrá ejercer la presidencia de manera continuada durante un período superior a dos mandatos estatutarios (8 años), por lo que no podrá aceptarse su candidatura al cargo, para un nuevo período consecutivo, salvo las excepciones contempladas en el Artículo 25º.

ARTÍCULO 25º. INEXISTENCIA DE CANDIDATURA A LA PRESIDENCIA:

Si transcurridos los plazos estatutarios, para la presentación de candidaturas a la presidencia, no se hubiese recibido ninguna candidatura, se actuará según los siguientes criterios:

  1. Si él/la presidente/a saliente no ha presentado candidatura, por incidir en la incompatibilidad establecida en el articulo 24º, la Asamblea de Elecciones votará acerca de la prolongación de su mandato, por un período transitorio de dos años, facultándole su reelección para efectuar los cambios de junta directiva, que pueda considerar necesarios con el visto bueno de la Asamblea General Ordinaria.
  2. Superado los dos años de período transitorio, se volverá a convocar nuevas elecciones siguiendo las normas marcadas en estos Estatutos.
  3. Si el/a presidente/a saliente no ha presentado su candidatura, pese a no haber agotado los dos mandatos consecutivos (8 años) y los posibles períodos transitorios aprobados en anteriores Asamblea Extraordinaria de Elecciones, ésta procederá a designar una Junta Gestora, por un período transitorio de 6 meses, transcurridos los cuales, se volverá a abrir un período electoral.
  4. La Junta Gestora estará compuesta por todos los miembros de la Junta Directiva saliente, excepción hecha del presidente que culmina así su mandato.

 

Por la importancia de dicha cita y el futuro de tu Asociación, no faltes a esta Asamblea.